
VERDADES
1º.- Es OBLIGADO modificar la LOTT para eliminar de ella a los vehículos de alquiler SIN conductor que con la aplicación de la Directiva CEE quedan totalmente liberalizados y por tanto no pueden estar regulados en la LOTT, lo que a su vez a propiciado la, innecesaria, introducción de otros cambios.
2º.- NO es necesario modificar la LOTT en el resto de artículos que la Ley Ómnibus a tocado ya que nuestro Sector (el del Taxi) NO está incluido y sí expresamente excluido de los que deben de adaptarse a esta Directiva CEE.
3º.- La Ley Ómnibus elimina definitivamente la confección de las Tarifas Interurbanas por parte del Ministerio de Fomento y pasan a ser competencia DIRECTA Y EXCLUSIVA de las Comunidades Autónomas. No obstante, aquellas Comunidades que no contaran con tarifa propia, a la entrada en vigor de esta Ley, les sería de aplicación, de forma supletoria, la tarifa última publicada por el Ministerio de Fomento en tanto no publicaran otra propia.
4º.- La Ley Ómnibus define, en la LOTT, lo que son vehículos de alquiler con conductor (VTC) al desaparecer de ella los vehículos de alquiler sin conductor y por tanto es una necesidad normativa el efectuar esta definición que ahora no existe.
5º.- Los vehículos de alquiler con conductor NO modifican su actual régimen de prestación de servicio en ningún caso ya que el artículo 134 de la LOTT que se modifica lo deja totalmente claro, en su segundo párrafo, al decir “ El arrendamiento de vehículos con conductor tendrá, a efectos de la legislación de ordenación de los transportes por carretera, la consideración de actividad de transporte discrecional de viajeros y su ejercicio estará sujeto a todas las reglas contenidas en esta Ley que resulten de aplicación a dicha clase de transporte”. Como quiera que este tipo de transporte tiene una regulación específica que emana de la Ley, esta sigue en vigor, totalmente, y nada cambia.
MENTIRAS
1º.- No hace falta modificar nada de lo contenido en la LOTT y por tanto todos los cambios normativos son gratuitos y con fines ocultos. (Como ya dijimos antes esta es una falacia utilizada por quienes quieren crear la alarma ya que sí es necesario tocar la LOTT para liberalizar el alquiler sin conductor dando una nueva redacción a los artículos que hablan de ello en la LOTT.)
2º.- Los taxistas que no tengan tarifa autonómica interurbana propia tendrán que negociar sus tarifas interurbanas directamente con los clientes porque desaparece la tarifa Interurbana de referencia Nacional. (Totalmente falso ya que caso de no tener tarifa autonómica propia la tarifa nacional será supletoria hasta que la Comunidad publique una nueva)
3º.- Los vehículos de alquiler con conductor podrán recoger viajeros en toda España libremente ya que se dice que sus autorizaciones tienen ámbito nacional. ( Nuevamente totalmente falso, las autorizaciones de los vehículos de alquiler con conductor ( VTC) al igual que las de los taxis ( VT) tienen ámbito nacional desde siempre y en la modificación de la LOTT no se suprimen ni se modifican las normas particulares que regulan a ambos por lo que su ejercicio sigue sujeto a las mismas normas que actualmente tienen. Lo único que se regula es la definición de los vehículos de alquiler con conductor al separarlos de los vehículos sin conductor.)
4º.- La CTE está interesada en defender esta modificación porque su Presidente es Asturiano y Asturias es una de las Comunidades Autónomas que tiene mas vehículos de alquiler con conductor trabajando ilegalmente fuera y teme que tengan que retornar creándoles un problema. (De nuevo se miente de forma premeditada y vil, La Federación Asturiana consiguió hace ya algunos años que las concesiones de VTC estén totalmente contingentadas en su Comunidad Autónoma y, en todo caso, la situación de ilegalidad que ciertamente se produce al prestar servicio fuera de la Comunidad Autónoma de Asturias y de otras muchas Comunidades Autónomas es la misma situación que se viene produciendo desde hace mas de 25 años y que nada tiene que ver con esta Ley que NO LEGALIZA EN ABSOLUTO ESTA SITUACION. En todo caso LA CTE ESTA EN TOTAL DESACUERDO, desde siempre, con estas prácticas fraudulentas de ciertas empresas de alquiler con conductor y apoyará siempre cualquier medida encaminada a erradicarlas definitivamente pero lo que no es admisible es pretender manipular al Sector para culpar a la CTE de una situación que, tanto UNALT como CTE conocen desde hace mas de 25 años y contra las que no hemos podido o sabido luchar adecuadamente.)
5º.- La modificación de la LOTT propuesta por la Ley Ómnibus traerá la ruina al Sector del Taxi y se producirá una situación caótica para los taxistas de todo el País.
(Simplemente una afirmación carente del mas mínimo razonamiento jurídico objetivo y puesta al servicio de un grupo de oportunistas sin escrúpulos que luchan denodadamente por el poder en Madrid y en UNALT y que no se paran ante nada para sacar provecho de la confusión que están creando. La cuestión es, ¿seguirán estando al frente de algo cuando todo termine? y si es así ¿darán las oportunas explicaciones por todo el daño que están haciendo o por el contrario se esconderán y elucubraran una nueva mentira para volver al primer plano de la actualidad? No tardaremos en comprobarlo ni en pedirles explicaciones. )
6º.- La CTE no ha efectuado alegaciones contra la Ley Ómnibus ni se ha posicionado claramente en este asunto. (La CTE ha pedido, por escrito, al Ministerio de Fomento una reunión urgente del Comité Nacional a las 72 horas de recibir el borrador de la Ley, efectuó alegaciones escritas ante el Ministerio y pidió expresamente que no se produjeran modificaciones en la LOTT así como votó, en ese mismo sentido, en la reunión, que finalmente fue convocada, del Comité Nacional donde recordemos se aprobó esta petición por UNANIMIDAD de toda la Sección de Viajeros incluida la CTE, reunión a la que asistió el Sr. Funes ( UNALT) que es quien afirma que la CTE no se posicionó sobre este asunto aunque reconoce el voto unánime del Comité contra la modificación, simplemente absurdo, como todo lo demás.